Indemnización o reinstalación
Puedes pedir que te regresen a tu trabajo o que te indemnicen con 3 meses de salario.
Servicios
Puedes pedir que te regresen a tu trabajo o que te indemnicen con 3 meses de salario.
Si el patrón no prueba la causa del despido, se le cobran los salarios desde el despido, hasta por 12 meses, y después intereses.
12 días de salario por cada año trabajado, que se paga en caso de despido.
En algunos casos, además, 20 días de salario por cada año trabajado.
Mínimo 15 días de salario, antes del 20 de diciembre; si trabajaste menos de un año, la parte proporcional.
Mínimo 12 días después del primer año, que aumentan con la antigüedad, más una prima de al menos el 25%.
Reclamamos el tiempo extra, los días no pagados y el reparto de utilidades.
Inscripción y prestaciones del IMSS e Infonavit.
Te acompañamos al Centro de Conciliación Laboral, el primer paso obligatorio en la mayoría de los casos.
Si no hay acuerdo, con la constancia de no conciliación presentamos la demanda y llevamos el juicio.
Discriminación, acoso u hostigamiento sexual, beneficiarios por muerte y seguridad social van directo al tribunal.
Si murió un familiar que trabajaba, tramitamos quién cobra lo que le correspondía.
Contestamos demandas laborales y te asesoramos en la conciliación.
Contra la sentencia del Tribunal Laboral.
Antes de tu cita
Paso a paso
Se presenta en el Centro de Conciliación Laboral, en persona o en línea.
Se fija dentro de los 15 días siguientes; muchos casos se arreglan ahí.
Si no hay arreglo, se demanda ante el Tribunal Laboral; el patrón tiene 15 días para contestar.
Audiencia preliminar, audiencia de juicio y sentencia, y después su cumplimiento.
Plazos y derechos
Es información general. Cada caso es distinto: en la consulta revisamos el tuyo. LFT: Ley Federal del Trabajo.
Preguntas frecuentes
Depende de tu sueldo, tu antigüedad y lo que te deban. La base es de 3 meses de salario, más la prima de antigüedad, tus prestaciones y, si ganas el juicio, los salarios vencidos. En la consulta hacemos la cuenta.
Depende de cómo pasó. Cuéntanos con detalle y revisamos tus opciones.
En la mayoría de los casos sí, es el primer paso obligatorio. Te acompañamos.
Sí, la parte proporcional al tiempo que trabajaste.
Se hace un trámite de designación de beneficiarios ante el Tribunal Laboral, sin pasar por conciliación.
En pocas palabras. Te llamamos para darte una cita.