Sucesión de derechos ejidales
Cuando fallece un ejidatario, se tramita quién se queda con sus derechos sobre la parcela y el solar.
Servicios
Cuando fallece un ejidatario, se tramita quién se queda con sus derechos sobre la parcela y el solar.
Revisamos si el ejidatario dejó registrada su lista de sucesión, o te ayudamos a hacer la tuya.
Que la venta cumpla los requisitos de la ley y se respete el derecho de preferencia de la familia.
Si has poseído una parcela como ejidatario durante años, se puede pedir al tribunal que te reconozca los derechos.
Si ocupas y trabajas un terreno nacional, te ayudamos con el trámite ante la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) para comprarlo y obtener tu título.
Ante el Tribunal Agrario, si alguien disputa el terreno o hay problemas con el deslinde.
Posesión, límites, restitución de tierras y otros conflictos sobre derechos agrarios.
De actos de asambleas o de autoridades agrarias que afecten tus derechos.
Jurisdicción voluntaria ante el tribunal, cuando no hay controversia.
Contra las sentencias del Tribunal Unitario Agrario.
Orientación sobre derechos, asambleas y documentos agrarios.
Antes de tu cita
Paso a paso
Revisamos los papeles de la tierra y pedimos al Registro Agrario Nacional las constancias que hagan falta.
Se presenta ante el Tribunal Unitario Agrario, por escrito o por comparecencia.
Se celebra entre 5 y 10 días después del emplazamiento; ahí se contesta y se desahogan las pruebas.
Con la sentencia se inscribe el cambio en el Registro Agrario Nacional; si no te favorece, se impugna.
Plazos y derechos
Es información general. Cada caso es distinto: en la consulta revisamos el tuyo.
Preguntas frecuentes
Lo primero es saber si dejó lista de sucesión en el Registro Agrario Nacional. Tráenos el acta de defunción y los documentos de la tierra.
No. Los derechos ejidales tienen sus propias reglas y se tramitan ante el Tribunal Agrario o el Registro Agrario Nacional, según el caso.
Sí, pero solo a otros ejidatarios o avecindados del ejido, por escrito ante testigos, ratificado ante notario y avisando a tu familia, que tiene preferencia para comprar.
Si la has poseído como ejidatario, de forma pacífica, continua y pública, por 5 años de buena fe o 10 de mala fe, se puede pedir al tribunal que te reconozca los derechos.
Puede ser. Quien lo ha trabajado en los últimos 3 años tiene preferencia para comprarlo ante la SEDATU. Tráenos lo que tengas del terreno.
En pocas palabras. Te llamamos para darte una cita.